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Preguntas frecuentes sobre la Planificación de las Atenciones de la Vida
(In English)

  1. ¿Qué puedo hacer para asegurarme de que a mi familia y a mí no nos pase la situación de Schiavo?
  2. ¿En dónde puedo encontrar estos documentos?
  3. ¿Qué es cada documento?
  4. ¿Qué es un testamento en vida?
  5. ¿Puedo firmar tanto un testamento en vida como una carta poder perdurable para atenciones médicas?
  6. ¿Qué tal si nada firmo? ¿Quién tomará las decisiones de parte mía si no puedo comunicarme?
  7. ¿Debo completar un formulario de No Resucitar (“DNR”)?
  8. ¿A qué edad debo pensar en llenar estos documentos?
  9. ¿Qué debo hacer una vez llene los documentos?
  10. ¿Tengo que recurrir un(a) abogado/a para completar estos formularios?
  11. ¿Tengo que recurrir a un(a) notario/a para completar estos formularios?
  12. ¿Qué tiene que ver la Ley General HIPAA con mis formularios de planificación de las atenciones de la vida?
  13. ¿Qué más debo saber?

¿Qué puedo hacer para asegurarme de que a mi familia y a mí no nos pase la situación de Schiavo?

Terri Schiavo estaba en sus veintes cuando se desplomó catastróficamente. Lamentablemente, ella no dejó instrucciones escritas (una “instrucción anticipada”) que expresara cómo quería ella que la atendieran si le pasara algo catastrófico. Como no dejó instrucciones, los tribunales tuvieron que intervenir para determinar lo que ella hubiera querido. Para mayor complicación, la familia no se puso de acuerdo en cuanto a lo que ella hubiere deseado, lo cual causó una situación increíblemente dolorosa para todos los involucrados. Si toma las medidas debidas ahora, usted puede asegurarse de que se conozcan sus deseos. Esas medidas incluyen el llenar instrucciones anticipadas, tales como un testamento en vida y/o una carta poder para atenciones médicas, y luego platicar con sus seres queridos acerca de lo que usted escoja para que ellos comprendan y apoyen sus deseos si usted no pudiere comunicarse por cuenta propia.

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¿En dónde puedo encontrar estos documentos?

La Procuraduría General es sólo una de las varias fuentes para obtener información sobre la planificación de las atenciones de la vida y las instrucciones anticipadas. La Procuraduría ofrece formularios gratis que conforman con las leyes de Arizona. Los formularios y la información se ofrecen en el sitio del Web del Procurador General www.azag.gov.  Sus instrucciones anticipadas no tienen que estar en algún formulario particular. Las organizaciones médicas, religiosas, legales y de ayuda a envejecidos también ofrecen información y formularios.

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¿Qué es cada documento?

Por ejemplo, ¿qué es una carta poder perdurable para atenciones médicas? La carta poder perdurable para atenciones médicas es un documento que le permite escoger a otra persona, que se conoce por “representante”, para que tome las decisiones de sus atenciones médicas si usted ya no pudiera tomar esas decisiones por cuenta propia. A menos que en el documento consten límites precisos, su representante tendrá autoridad amplia para tomar cualquier decisión de atenciones médicas que usted tomaría por cuenta propia normalmente. Esto pudiera incluir el decidir si acaso debía seguírsele alimentando por intubación.

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¿Qué es un testamento en vida?

Un testamento en vida es una declaración por escrito que manifiesta lo que usted desea en cuanto a tratamientos que demorarían la muerte en condiciones desahuciadas. También tiene que ver con situaciones de estado vegetativo persistente o coma irreversible. Un testamento en vida sería su voz en caso de que usted no pudiera comunicarse. Le ofrece dirección y guía a otros, pero no rige tan ampliamente como la carta poder perdurable para atenciones médicas. Por ejemplo, el testamento en vida no permite que el personal médico deje de alimentarle por intubación—sólo su representante designado mediante carta poder perdurable para atenciones médicas o un tutor que nombre el tribunal pudiera tomar tal decisión.

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¿Puedo firmar tanto un testamento en vida como una carta poder perdurable para atenciones médicas?

Sí; pero si firma ambas, debe adosar copia del testamento en vida a la carta poder perdurable para atenciones médicas.

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¿Qué tal si nada firmo? ¿Quién tomará las decisiones de parte mía si no puedo comunicarme?

El personal médico (por ejemplo, los doctores y los enfermeros) antes tratarán de enterarse de si usted nombró a un(a) representante mediante una carta poder perdurable para atenciones médicas. También sería posible que el tribunal nombrare a un(a) tutor(a) que sirva de sustituto/a. Si usted no dejó una carta poder perdurable para atenciones médicas y si el tribunal no nombra a un(a) tutor(a), el personal médico se comunicará con las personas siguientes, en este orden, quienes tendrán la autoridad de tomar las decisiones de atenciones médicas por cuenta de usted (ateniéndose a los deseos de usted, si se conocieran). Esta gente se llama “sustitutos.”


  1. Su cónyuge, a menos que su cónyuge y usted se hayan separado legalmente.
  2. Su hijo/a mayor de edad. Si hay más de un(a) hijo/a mayor de edad, el personal médico procurará el consentimiento de la mayoría de los hijos que se dispongan a que los consulten.
  3. Su padre o madre.
  4. Si no está casado, su pareja si ninguna otra persona asumiera la responsabilidad económica de parte suya.
  5. Su hermano o hermana.
  6. Su amigo/a allegado/a.

Si no pudiera darse con alguna de las personas anteriores, el personal médico pudiera tomar las decisiones de parte suya con el consejo de un comité de ética o con un segundo médico.

De nuevo, sólo los representantes y tutores pueden tomar la decisión de retirar el suministro artificial de alimentos o líquidos una vez se comience. La persona sustituta que tome decisiones no puede tomar tal decisión, de conformidad con las leyes de Arizona.

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¿Debo completar un formulario de No Resucitar (“DNR”)?

Si está saludable y fuerte, tal vez no quiera completar un formulario DNR. Usted no tiene que completar un formulario DNR para que pueda manifestar lo que desee en cuanto a cómo quiere que lo atiendan si se enfermare de gravedad. Los formularios DNR son lo indicado para las personas que tal vez no saldrían bien con la CPR (resucitación cardiopulmonar) porque están tan enfermas o desahuciadas, o bien extremadamente débiles. De cualquier forma, usted tendría que platicar acerca del formulario DNR con su doctor(a), quien también tendría que firmar el formulario.

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¿A qué edad debo pensar en llenar estos documentos?

Ahora, siempre que tenga siquiera 18 años de edad. Nunca es muy temprano para pensar en estas cosas y para hacer preparativos.

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¿Qué debo hacer una vez llene los documentos?

Lo primero es que es de gran importancia que usted platique de los documentos y de los deseos con la familia, su representante y su médico/a. Su representante tiene que saber lo que usted piensa para poder actuar de parte de usted. Usted también tiene que asegurarse de que las personas indicadas tengan copias de los documentos, incluso su representante, la familia y su médico/a. Para registrar copia de los documentos, sírvase enviarlos a la  Secretaría de Estado, http://www.azsos.gov/.

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¿Tengo que recurrir un(a) abogado/a para completar estos formularios?

No necesita un(a) abogado/a para llenar los documentos, pero puede consultar con un(a) abogado/a si tiene preguntas o dudas. Si no conoce a algún(a) abogado/a en su área, el Colegio Estatal de Abogados de Arizona (State Bar of Arizona) le da información de servicios de abogados para las personas de distintos niveles de ingresos. Servicios Legales a la Comunidad también ofrece servicios legales gratis para los que lo necesiten.

Arizona State Bar 
602.252.4804
www.azbar.org
Servicios Legales a la Comunidad
602.258.3434
www.vlparizona.org

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¿Tengo que recurrir a un(a) notario/a para completar estos formularios?

Si. O BIEN un(a) testigo O un(a) notario/a puede firmar la carta poder perdurable para atenciones médicas, el testamento en vida y la carta poder perdurable para atenciones de la salud mental. Sírvase tener en cuenta que el/la testigo debe tener siquiera 18, no ser familia (no estar emparentado por sangre, adopción o matrimonio), no puede recibir parte de su patrimonio en su testamento, no puede designarse de representante y no puede ser facultativo médico. Un(a) testigo SÍ puede ser vecino/a, amigo/a o conocido/a adulto/a, que no figure en su testamento y que no le esté cuidando o representando.

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¿Qué tiene que ver la Ley General HIPAA con mis formularios de planificación de las atenciones de la vida?

Hay distintas opiniones sobre si la Ley General HIPAA (Health Insurance Portability and Accountability Act of 1996; Ley General del 1996 de Portabilidad y Justificación del Seguro Médico) rige los documentos de la planificación de las atenciones de la vida, tales como los que la Procuraduría General proporciona por este medio.

Para colmo de ser precavidos, incluimos una dispensa de la Ley General HIPAA en el apartado de “Firma y verificación” de las cartas poder tanto para las atenciones médicas como para las atenciones de la salud mental, justo sobre el espacio para que usted firme. La dispensa le asegurará a cualquiera que se preocupe por cuestiones de la HIPAA, máxime el personal médico, que sí puede informarle al/a los representante(s) de usted sobre las atenciones que le proporcionen.

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¿Qué más debo saber?

Los documentos sirven para que usted manifieste sus deseos, cualesquiera sean, para que usted reciba el tratamiento que quiera si ya no puede comunicarse. La Procuraduría General no recomienda tal una decisión sobre otra, pero sí recomienda que cuidadosamente examine sus opciones, y platique con sus seres queridos, y complete los documentos indicados para su situación. Ojalá  claramente indicando sus deseos con sus seres queridos y en los documentos le ayude a sus seres queridos evitar la angustia que sufrió la familia de Schiavo.

La función principal de la Procuraduría General es proporcionar representación legal al Estado de Arizona, a sus agencias y a los funcionarios estatales cuando desempeñan sus cargos oficiales. La Procuraduría no tiene la autoridad para asesorar o representar a personas particulares en cuestiones legales. Si necesita ayuda con un asunto particular legal — tal como hacer una demanda, redactar un testamento, o defenderse contra una acusación penal — debía comunicarse con un(a) abogado/a privado.

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